LEY 26919
Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de
Fuego. Nuevo plazo de ejecución.
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Sancionada: Noviembre 27 de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso,
etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° - Dispónese un nuevo plazo de ejecución, a partir del 12 de
diciembre de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2015, del Programa Nacional de
Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por
ley 26.216, prorrogado por
Decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por las leyes
26.520,
26.644 y
26.792.
ARTICULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS
VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE.
AMADO BOUDOU. - JULIAN A. DOMINGUEZ. - Juan H. Estrada. - Gervasio Bozzano.
Decreto 2157/2013 - Promúlgase la Ley Nº 26.919.
Bs. As., 16/12/2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.919 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - FERNANDEZ DE KIRCHNER.
- Jorge M. Capitanich. - Julio C. Alak.